COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
COPASST
QUE ES EL COPASST?
Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo
Es un comité conformado por empleados de la institución o empresa que se encarga de la promoción y vigilancia de los temas relacionados con la Seguridad y salud de los trabajadores.
Son funciones del COPASST, de acuerdo con el artículo 11 de la Resolución 2013 de 1986 y el Artículo 26 del Decreto 614 de 1984, las siguientes:
v Proponer a la Gerencia general, la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo seguros y saludables.
v Proponer y participar en actividades de capacitación en Seguridad y salud en el trabajo dirigidas a trabajadores, mandos medios y directivos de la empresa.
v Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de seguridad y salud en el trabajo en las actividades que éstos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes correspondientes.
v Hacer seguimiento del plan de acción dentro de las visitas que éste programe en cada una de los centros de trabajo y de la oficina principal.
v Colaborar en el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial realizadas de acuerdo con el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes; además, promover su divulgación y observancia.
v Realizar la investigación y análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y proponer las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia. Hacer seguimiento a los planes de acción definidos para que no vuelva a ocurrir.
v Definir un plan de visitas periódicas a los lugares de trabajo, inspeccionando los ambientes, máquinas, equipos y las operaciones realizadas por los trabajadores en cada área u obra que desarrolle la empresa e informar a los encargados de seguridad y salud en el trabajo del centro de trabajo sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las medidas correctivas y de control.
v Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores, en materia de medicina, higiene y seguridad industrial.
v Servir como organismo de coordinación entre la gerencia general y los trabajadores en la solución de los problemas relativos a la seguridad y salud en el trabajo.
v Analizar periódicamente los informes sobre accidentalidad, ausentismo y enfermedades laborales con el fin de revisar y redefinir los planes de acción acordes con la problemática.
v Elegir al secretario del Comité.
v Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen.
Las demás funciones que le señalen las normas sobre seguridad y salud en el trabajo
Universidad del Tolima
Nit: 890.700.640-7
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